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Últimos días para presentar la documentación de subsanación de errores en las solicitudes de ayuda al comercio y turismo

20/08/2020 | Comercio, Turismo

comercios

La próxima semana finaliza el plazo de subsanación de errores en la documentación presentada por los solicitantes para acceder a las ayudas municipales de apoyo al comercio y a la empresa de Mérida. En concreto, el plazo de subsanación de ayudas para el comercio finaliza a las 00:00 horas del viernes 21 de agosto y a las 00:00 horas del lunes 24 de agosto, ya que se registraron en dos periodos diferentes, mientras que las de turismo finalizan el 26 de agosto

A su vez, cabe destacar que el plazo de presentación de la documentación justificativa que concluía el 1 de noviembre se modifica y amplía al 30 de noviembre y una de las novedades más importantes es que se incorporan diversos sectores como posibles beneficiarios de dichas ayuda. Estas ayudas beneficiarán al comercio al por menor de alimentación, el comercio al por menor de productos farmacéuticos, otras actividades profesionales tales como la fotografía o las clínicas veterinarias, la educación preprimaria como guarderías, actividades médicas como clínicas dentales o fisioterapeutas, gimnasios y clubes deportivos, reparación de ordenadores, electrodomésticos o calzado y otros servicios personales del tipo peluquerías o clínicas de belleza.

Dentro de estas ayudas se han establecido dos líneas para la recepción de estas ayudas. Así, la Línea 1 de estímulo al consumo en el comercio minorista de Mérida, a través de bonificaciones con descuentos sobre los precios de venta al público y con el fin de lograr una pronta recuperación de la actividad comercial.

Por otro lado, la Línea 2 se centra en incentivos a la contratación de trabajadores/as, a través de bonificaciones con descuentos sobre los precios de venta al público, con el objetivo de paliar la destrucción de empleo como consecuencia del cierre temporal de determinadas actividades.

La cuantía destinada a atender las ayudas al Sector del Comercio Minorista asciende a un importe total de 490.000 euros y se enmarca dentro del ‘Plan de Estímulo al consumo del comercio local’, del presupuesto del ejercicio 2020, como una «apuesta del equipo de Gobierno de Mérida».

Adicionalmente, como ayuda destinada a paliar la destrucción de empleo, en el caso de que el solicitante tenga trabajadores contratados distintos del autónomo/persona física durante la vigencia de la presente convocatoria, se incrementará con las siguientes cuantías adicionales que serán de 300 euros por cada empleado/a a jornada completa hasta un máximo de 1.500 euros y si el beneficiario/a tiene empleado a trabajadores a tiempo parcial, se le incrementará proporcionalmente con la suma de las jornadas hasta completar la jornada completa. En todo caso, para su justificación, el beneficiario/a deberá acreditar el mantenimiento del contrato los empleados objeto de la subvención durante un periodo mínimo ininterrumpido de 60 días.

Las ayudas de esta convocatoria son compatibles con otras subvenciones y ayudas, que, para las mismas finalidades, hayan sido concedidas por las Administraciones Públicas o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales, salvo cuando se trate de la misma categoría de gasto, en cuyo caso existirá causa de incompatibilidad y las ayudas no podrán acumularse.

En lo que respecta a las ayudas a  empresas del sector turístico de la ciudad se pretende «lograr una pronta recuperación de la actividad turística en la ciudad, de manera escalada», para que las empresas puedan «adaptarse de manera segura a la normalidad y  garantizar las medidas de salud y seguridad de sus trabajadores y clientes».

En concreto, estas ayudas se organizan en dos líneas, como es por un lado la destinada a gastos de productos y materiales para la adopción de medidas higiénico- sanitarias, y por otro, la de incentivos a la contratación de trabajadores con el objetivo de «paliar la destrucción de empleo como consecuencia del cierre temporal de actividad».

En  el caso de la línea 1, los gastos subvencionables serán los trabajos de limpieza vinculados a la ejecución de la actuación subvencionada, y los gastos de material fungible destinado a los Equipos de Protección Individual o de adopción de medidas higiénico-sanitarias; los gastos de los productos y material de limpieza, o la adquisición de útiles, herramientas y equipamiento. Se otorgará una ayuda directa por establecimientos, persona física o jurídica por un importe de hasta 1.000 euros, para adaptarlo con las medidas higiénicas y sanitarias que precise y justificación de su gasto, mientras que en el caso de las que empresas dispongan de varios establecimientos, han debido realizar una única solicitud y recibirán la cuantía de la ayuda por cada establecimiento.

Por su parte, en la línea 2, serán incentivos a la contratación de trabajadores, con el objetivo de paliar la destrucción de empleo como consecuencia del cierre temporal de actividad.

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Declaraciones de Pilar Amor, delegada de turismo: