Seleccionar página

Aprobadas las normas para la instalación de barras y veladores los días 23, 24, 30 y 31 de diciembre

19/12/2022 | Ciudad

  • Se convoca mañana a una reunión a todo el sector de la hostelería para más información; será a las 12 horas en el Salón de Plenos
  • En la normativa aprobada se señala que “sólo se tramitará la solicitud de autorización a aquellos negocios que presenten solicitud y figuren con su autorización de velador vigente”
  • La autorización será para sustituir proporcionalmente mobiliario de velador por mostrador de bar, sin sobrepasar superficie de ocupación autorizada
  • Se abre un plazo de solicitudes el día 20 de diciembre de 2022, para la tramitación de estas solicitudes, finalizando el día 22 de diciembre 2022 a las catorce horas

Con la previsión de una importante afluencia de ciudadanos en las calles de Mérida durante estas fiestas navideñas, desde el Ayuntamiento se quieren evitar aglomeraciones dentro de los locales de hostelería en estos días tan señalados. “Por estos motivos, se van a aplicar cambios en los mobiliarios de los veladores, previa solicitud del interesado” señala el delegado de seguridad ciudadana, Marco Antonio Guijarro.

“Las autorizaciones se concederán a aquellos negocios que ya posean autorización para instalación de veladores y esté vigente; excepcionalmente se podrá autorizar la presencia de barra en aquellos locales que aún no teniendo velador dispongan de espacio para instalar una barra” explica el delegado.

Para más información de esta normativa se convoca mañana a una reunión a todo el sector de la hostelería; será a las 12 horas en el Salón de Plenos

En la normativa aprobada se señala que “sólo se tramitará la solicitud de autorización a aquellos negocios que presenten solicitud y figuren con su autorización de velador vigente”. La autorización será para sustituir proporcionalmente mobiliario de velador por mostrador de bar, sin sobrepasar superficie de ocupación autorizada en la resolución vigente.

Sólo se permitirá este cambio los días 23/ 24 y 30 / 31 de diciembre de 2022. El espacio ocupado por la autorización del velador no se puede modificar y no se autoriza la instalación de equipos de reproducción o amplificación sonora, tal y como refleja la ordenanza y no se autorizará cambio en el horario de terrazas.

  1. Las barras deberán estar decoradas con fondos blancos de forma que no se vea publicidad y la imagen sea homogénea.
  2. Se abre un plazo de solicitudes el día 20 de diciembre de 2022, para la tramitación de estas solicitudes, finalizando el día 22 de diciembre 2022 a las catorce horas.
  3. No se cortará inicialmente ninguna calle, salvo atendiendo a las indicaciones de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad que así lo determinen puntualmente.
  4. Las instalaciones se realizarán de forma que en todo momento se mantenga el acceso la propiedad del edificio. En la calle no se podrán instalar hornillos, calienta-tapas, barbacoas o cualquier otro instrumental que pueda desprender gases, olores o grasas.
  5. La empresa se responsabilizará de señalizar correctamente la ocupación, con la finalidad de asegurar el tránsito peatonal. Al término de todos los actos las vías deberán quedar libres y expeditas, debiendo responder los titulares de la licencia de los desperfectos ocasionados en el pavimento de las calzadas y aceras, y retirar de inmediato cualquier instalación colocada en la vía pública.
  6. En la barra autorizada solo se podrán suministrar utensilios de plástico o similares. No está permitido ningún tipo de cableado encima del pavimento sin estar convenientemente cubierto y señalizado evitando en todo momento tropiezos con los usuarios.
  7. Los servicios que se presten serán los propios y habituales de cada local, excepto las bebidas en la calle servidas en los mostradores exteriores, que se expenderán en recipientes desechables, estando prohibido el uso del vidrio en las citadas barras exteriores.
  8. Los industriales son responsables de la limpieza de su zona de influencia; en ella instalarán papeleras y recipientes de recogidas de desechos velando para que estén permanentemente en buen estado de uso.
  9. Terminadas las actividades comprendidas en los horarios y días autorizados, deberán limpiar obligatoriamente la zona de influencia, una vez cerrado el establecimiento, siendo responsabilidad del interesado la reparación de cualquier daño o desperfecto y todo ello sin perjuicio de la responsabilidad civil por daños a terceros.
  10. Los industriales que soliciten estas autorizaciones se comprometen a no modificar los precios y calidades de su oferta habitual, pudiendo adaptarla o modificarla por la circunstancias especiales que el servicio masivo requiere, debiendo poner un cartel con los precios en zona visible de las barras. La instalación y funcionamiento de la barra deberá guardar las debidas normas de seguridad y salubridad, evitando la aglomeración de personas y el consumo en la propia barra.

Se presentará por registro una instancia en el Ayuntamiento, informando acerca del cambio de mobiliario de velador por mostradores, material que sacará a la calle,barriles de cerveza, cajas de refresco, botelleros y todos los equipos que se pretendan instalar.