• La cuantía destinada a atender estas subvenciones al sector turístico asciende a un importe total de 490.00 euros y cada empresa como máximo podrá optar a 5.000 euros de ayuda
• Se establecen dos líneas de ayudas: adquisición de productos y materiales e incentivos a la contratación
Ya conocemos el número de empresas que han solicitado acceder a las ayudas al fomento de las empresas turísticas de la ciudad convocadas por el ayuntamiento. Una cifra que podrá verse aumentada en los próximos días puesto que los técnicos de la delegación de Turismo se encuentran aún computando algunas solicitudes que han entrado por el registro electrónico.
Una vez concluido el plazo de solicitud son 116 las empresas turísticas que optan a dichas ayudas. Cuatro establecimientos hoteleros, seis hostales, dieciocho apartamentos turísticos, seis locales de ocio nocturno y ochenta y dos bares y restaurantes.
La Junta de Gobierno aprobó las bases para la concesión de subvenciones a las empresas turísticas de la ciudad, con el objetivo “de facilitar la reapertura y el cumplimento de los protocolos y normas de seguridad y salud”, como explica la delegada de Turismo, Pilar Amor.
Estas ayudas pretenden estimular a las empresas del sector turístico de la ciudad con el fin de lograr una pronta recuperación de la actividad turística en la ciudad, de manera escalada, con el fin de que las empresas puedan adaptarse de manera segura a la normalidad y garantizar las medidas de salud y seguridad de sus trabajadores y clientes.
Las ayudas se organizan en dos líneas. La primera de ellas está destinada a gastos de productos y materiales para la adopción de medidas higiénico- sanitarias. La segunda línea consiste en incentivos a la contratación de trabajadores con el objetivo de paliar la destrucción de empleo como consecuencia del cierre temporal de actividad.
El procedimiento de concesión de las ayudas se efectuará en régimen de concesión por concurrencia competitiva.
Línea 1. Gastos subvencionables:
1) Trabajos de limpieza vinculados a la ejecución de la actuación subvencionada.
2) Gastos de material fungible destinado a los Equipos de Protección Individual o de adopción de medidas higiénico-sanitarias tendentes a combatir la propagación o el contagio por el COVID -19 (mascarillas, protección ocular anti-salpicaduras, batas resistentes a líquidos y guantes desechables, mamparas, dispensadores de jabón y de gel en base alcohólica etc.).
3) Gastos de los productos y material de limpieza que consigan la máxima higiene y desinfección de los establecimientos.
4) La adquisición de útiles, herramientas y equipamiento, así como de equipos de trabajo móviles vinculados a las medidas higiénico-sanitarias en el ejercicio de la actividad.
Se otorgará una ayuda directa por establecimientos, persona física o jurídica por un importe de hasta mil euros (1.000 €), para adaptarlo con las medidas higiénicas y sanitarias que precise y justificación de su gasto. En el caso de las que empresas dispongan de varios establecimientos han debido realizar una única solicitud y recibirán la cuantía de la ayuda por cada establecimiento.
Línea 2. Gastos subvencionables:
Incentivos a la contratación de trabajadores, con el objetivo de paliar la destrucción de empleo como consecuencia del cierre temporal de actividad. En el caso de que la empresa tenga trabajadores contratados a jornada completa distintos del autónomo/persona física en el momento de publicación de la convocatoria se incrementará cuantías adicionales.
Si el beneficiario tiene empleados a trabajadores a tiempo parcial se le incrementará proporcionalmente con la suma de las jornadas hasta completar la jornada completa. Los conceptos de ayuda referidos en los puntos anteriores son compatibles entre sí; no superando en ningún caso los 5.000 € por establecimiento.