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Ayudas Fondo de Garantía Social

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El Fondo de Garantía Social, aprobado en Junta de Gobierno Local, del Excmo. Ayuntamiento de Mérida, de 14 de marzo de 2019, modificado el 10 de julio de 2019, es una ayuda urgente de carácter extraordinario, que permite facilitar determinados recursos económicos para cubrir las necesidades básicas a familias y personas que de forma puntual se han visto privados de los medios suficientes para hacer frente a una situación extra

El Fondo de Garantía Social ofrece prestaciones económicas individualizadas, destinadas a paliar contingencias extraordinarias que se puedan presentar a personas o unidades familiares y que deban ser atendidas con inmediatez, posibilitando la cobertura de necesidades básicas ante situaciones extraordinarias de dificultad social o desventajas socioeconómicas.

Para garantizar que estas ayudas se destinan a personas especialmente necesitadas se establecen límites en las percepciones máximas de las unidades familiares beneficiarias, exigiéndose además que se acredite una situación de emergencia extraordinaria o circunstancial.

Para contribuir a una adecuada y justa distribución de las ayudas, se opta por limitar sus cuantías máximas en función del número de personas que compongan la unidad familiar. Se contempla la posibilidad de incrementar dichos límites cuando se den determinadas circunstancias que puedan suponer un agravamiento de la situación sociofamiliar de las personas solicitantes.

Dentro de dichos límites, su concreción se deja a criterio de los/las trabajadores/as sociales, que la establecerán en el marco de la intervención social, en función del tipo de necesidad que pretenda cubrirse y de las circunstancias concretas de cada unidad familiar.

En este contexto cobra especial relevancia el papel imprescindible de los/as trabajadores/as sociales, cuya intervención profesional resultará decisiva a la hora no solo de conceder la ayuda y cuantificarla, sino también, contribuyendo, en lo posible, a la supresión de trámites innecesarios y a la agilización procedimental en el otorgamiento de las ayudas.

El procedimiento se iniciará a instancia de parte o a propuesta de los/as profesionales de referencia de los Servicios Sociales de Atención Social Básica, cuando concurran unas circunstancias y requisitos concretos. La solicitud deberá ir acompañada de la documentación que se establece en la correspondiente ordenanza.

MAS INFORMACIÓN

Delegación de Servicios Sociales
Fondo Norte Estadio Romano (Calle Marco Agripa, s/n)
Tfno: 924 387 407
Email: serviciossosociales@merida.es

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