• También podrán solicitar las ayudas las empresas de alimentación, productos farmacéuticos, ópticas, fotografía, clínicas veterinarias, escuelas infantiles, clínicas dentales, fisioterapeutas, gimnasios, clubes deportivos, tiendas de informática, calzado y electrodomésticos, peluquerías o clínicas de belleza
• La delegación de Comercio recuerda que los gastos de gestoría para solicitar y tramitar las ayudas son subvencionables
• El canjeo de bonos será del 1 de septiembre al 31 de octubre
Pocos días para la finalización del plazo de solicitud de las ayudas al comercio y empresa emeritense promovidas por el ayuntamiento de la capital extremeña. Para atender las necesidades de los empresarios y empresarias de la ciudad el consistorio ha decidido que el plazo para canjear los bonos se modifica del 1 de septiembre al 31 de octubre. “De esta forma no sólo ampliamos tiempos para canjear los bonos sino que también, ayudamos al pequeño comercio de la ciudad”, expone la delegada de Comercio. Podrán optar a las mismas todos los negocios de la ciudad que cumplan los requisitos habiendo o no cerrado durante el período de Alarma.
A su vez, el plazo de presentación de la documentación justificativa que concluía el 1 de noviembre se modifica y amplía al 30 de noviembre. Y una de las novedades más importantes es que se incorporan diversos sectores como posibles beneficiarios de dichas ayudas:
• Comercio al por menor de alimentación.
• Comercio al por menor de productos farmacéuticos.
• Otras actividades profesionales tales como la fotografía, las clínicas veterinarias…
• Le educación preprimaria, tipo guarderías…
• Actividades médicas tipo clínicas dentales, fisioterapeutas…
• Gimnasios y clubes deportivos.
• Reparación de ordenadores, electrodomésticos, calzado, …
• Otros servicios personales del tipo peluquerías, clínicas de belleza.
En concreto, el ayuntamiento ha establecido dos líneas para la recepción de estas ayudas:
Línea 1: Estímulo al consumo en el comercio minorista de Mérida, a través de bonificaciones con descuentos sobre los precios de venta al público, con el fin de lograr una pronta recuperación de la actividad comercial.
Línea 2: Incentivos a la contratación de trabajadores/as, a través de bonificaciones con descuentos sobre los precios de venta al público, con el objetivo de paliar la destrucción de empleo como consecuencia del cierre temporal de determinadas actividades.
La cuantía destinada a atender las ayudas al Sector del Comercio Minorista asciende a un importe total de 490.000 euros y se enmarca dentro del “Plan de Estímulo al consumo del comercio local”, del presupuesto del ejercicio 2020, como una apuesta del equipo de Gobierno de Mérida.
Como recuerda la delegada municipal de Comercio, Silvia Fernández, “las entidades o personas beneficiarias deberán tener su domicilio social y fiscal, además de desarrollar su actividad, en la ciudad de Mérida”. Además deberán estar inscritos en el registro municipal “DeMérida” como empresa de Mérida. La inscripción se realizará a través de la web municipal www.merida.es. Contar con licencia de apertura del establecimiento en vigor. El domicilio fiscal, y el desarrollo de la actividad deberá estar en Mérida.
Si la actividad cumple los requisitos estipulados, se otorgará una ayuda por establecimiento, persona física o jurídica por un importe de mil quinientos euros (1.500 €), destinada estimular el consumo en el comercio minorista.
Por otro lado existe una segunda línea como incentivos a la contratación de trabajadores/as, a través de bonificaciones con descuentos sobre los precios de venta al público, “con el objetivo de paliar la destrucción de empleo como consecuencia del cierre temporal de determinadas actividades”, explica la delegada de Comercio, Silvia Fernández.
Adicionalmente, como ayuda destinada a paliar la destrucción de empleo, en el caso de que el solicitante tenga trabajadores contratados distintos del autónomo/persona física durante la vigencia de la presente convocatoria, se incrementará con las siguientes cuantías adicionales:
• 300 euros por cada empleado/a a jornada completa hasta un máximo de 1.500 euros.
• Si el beneficiario/a tiene empleado a trabajadores a tiempo parcial, se le incrementará proporcionalmente con la suma de las jornadas hasta completar la jornada completa.
• En todo caso, para su justificación, el beneficiario/a deberá acreditar el mantenimiento del contrato los empleados objeto de la subvención durante un periodo mínimo ininterrumpido de 60 días.
Al igual que en la Línea 1, a tal efecto, el Ayuntamiento de Mérida distribuirá entre los hogares de la ciudad una serie de bonos al consumo que podrán canjearse en los distintos establecimientos en forma de descuento sobre la compra final, hasta el máximo estipulado de 1.500 € por establecimiento, según la ayuda estipulada.
Además, con carácter complementario, serán subvencionable los gastos de empresas de servicios de gestión administrativa, siempre que el concepto esté relacionado con la gestión de los tramites, a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Mérida de las ayudas, incluidos tanto los procesos de acreditación digital de los comercios, como la tramitación, como la justificación, hasta un máximo de 100 €.
Las ayudas de esta convocatoria serán compatibles con otras subvenciones y ayudas, que, para las mismas finalidades, hayan sido concedidas por las Administraciones Públicas o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales, salvo cuando se trate de la misma categoría de gasto, en cuyo caso existirá causa de incompatibilidad y las ayudas no podrán acumularse.
Solicitudes
El plazo de solicitud para la ejecución de las ayudas finaliza el jueves, 30 de julio. Las solicitudes se dirigirán a la Delegación de Comercio del Excmo. Ayuntamiento de Mérida y se deben tramitar a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Mérida: https://sede.merida.es. Para ello deberán estar inscritos con anterioridad en la base de datos ‘DeMérida’.
Los/as solicitantes solo podrán presentar una única solicitud de ayudas que englobará todos los establecimientos asociados a la empresa. La cuantía mínima de la ayuda se sumará por cada establecimiento cuyo gasto sea subvencionable tal y como se detallada en la base 8 de la presente convocatoria.
Más información con las bases:
[list]
[li type=»glyphicon-arrow-right»]Ayudas al Comercio[/li]
[/list]
Silvia Fernández, delegada de Industria y Comercio: