• El ayuntamiento ofrecerá a los comercios inscritos en la base de datos inteligente ‘DeMérida’ ayudas de 1.500 euros que podrán verse aumentadas cuantos más contratos realicen.
• Ya se han publicado las bases de las ayudas en el BOP y se abre un plazo de 10 días hábiles para aquellos comercios que lo soliciten, estén inscritos en ‘DeMérida’ y tramiten su solicitud a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Mérida: https://sede.merida.es
• Los Bonos de Consumo se podrán canjear a partir del 1 de agosto, son de 20 euros, se enviarán a los hogares de toda la ciudad y cada comercio inscrito podrá canjear hasta un máximo de 150
• Las entidades o personas beneficiarias deberán tener su domicilio social y fiscal, además de desarrollar su actividad, en la ciudad de Mérida
Ya están en marcha los últimos pasos para que todas y todos los emeritenses puedan disfrutar a partir del 1 de agosto de los Bonos de Consumo. Una medida anunciada por el alcalde, Antonio Rodríguez Osuna, y que tiene como objetivo paliar las consecuencias negativas de la pandemia sobre el sector del comercio. Las bases de estas ayudas ya se han publicado hoy en el BOP y, por tanto, se abre un plazo de 10 días hábiles para su solicitud.
En concreto, el ayuntamiento ha establecido dos líneas para la recepción de estas ayudas:
Línea 1: Estímulo al consumo en el comercio minorista de Mérida, a través de bonificaciones con descuentos sobre los precios de venta al público, con el fin de lograr una pronta recuperación de la actividad comercial.
Línea 2: Incentivos a la contratación de trabajadores/as, a través de bonificaciones con descuentos sobre los precios de venta al público, con el objetivo de paliar la destrucción de empleo como consecuencia del cierre temporal de determinadas actividades.
La cuantía destinada a atender las ayudas al Sector del Comercio Minorista asciende a un importe total de 490.000 euros y se enmarca dentro del “Plan de Estímulo al consumo del comercio local”, del presupuesto del ejercicio 2020, como una apuesta del equipo de Gobierno de Mérida.
Podrán ser beneficiarios/as de las ayudas reguladas en las presentes bases, las empresas, personas físicas y jurídicas, incluyendo las comunidades de bienes y otras agrupaciones sin personalidad jurídica propia, que cumplan los requisitos establecidos y que ejerzan algunas de las actividades comerciales minoristas detalladas en el Anexo A, que se han visto afectadas por la entrada en vigor del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 y las demás normas que la complementan a la fecha de publicación de las presentes bases.
Como recuerda la delegada municipal de Comercio, Silvia Fernández, “las entidades o personas beneficiarias deberán tener su domicilio social y fiscal, además de desarrollar su actividad, en la ciudad de Mérida. Además, los beneficiarios deben estar inscritos en la base de datos municipal “DeMérida””, entre otras obligaciones.
El plazo de solicitud para la ejecución de las ayudas es desde el día siguiente a aquél en que tenga lugar la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz y durante los siguientes diez días hábiles. Las solicitudes de ayudas se dirigirán a la Delegación de Comercio del Excmo. Ayuntamiento de Mérida. Se tramitarán a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Mérida.